Derechos y obligaciones de la persona viajera

Los derechos y deberes de las personas viajeras están recogidos en las condiciones generales de contratación que entraron en vigor el 1 de junio de 2018, cuyas novedades más significativas fueron gratuidad de viaje para las y los menores de 6 años, acompañadas/os de una persona adulta portadora de título de viaje válido y la fijación del suplemento por viajar sin título de transporte valido en 50€.

Para conocer tus derechos y obligaciones ponemos a tu disposición las condiciones íntegras de contratación por si las quieres conocer en su totalidad.

 

 Documento general (tren y tranvía)

 

Se permite

  • Portar objetos o bultos de mano, que no tengan medidas superiores a 100 x 60 x 25 cm.
  • Llevar tablas de surf con funda cuyo tamaño no exceda de los dos metros de largo, en las plataformas centrales de los vehículos y sin entorpecer el paso.
  • Viajar con coches y sillas de niños y niñas, siempre debidamente sujetos.
  • Ir en compañía de un animal doméstico, siempre que no resulte peligrosos ni molestos.
  • Viajar con bicicletas.

No se permite

  • Viajar sin título de transporte válido

Podrán viajar gratuitamente menores de 6 años en compañía de una persona mayor de edad portadora de título, acompañantes de personas invidentes y de personas con movilidad reducida necesitadas de silla de ruedas.

  • Fumar, comer ni consumir bebidas alcohólicas.
  • Circular sobre bicicletas, patines o similares.

* Esta información se refiere a los servicios de ferrocarril y tranvías. Los servicios de autobuses se regulan por las normativas de la ATTG (Gipuzkoa) y CTB (Bizkaia).